Mediante el Decreto 0076 de 2026, la Alcaldía de Barranquilla estableció un horario laboral especial y concedió descanso compensado a los servidores de la Administración Central del Distrito con ocasión de la Semana Santa.
El acto administrativo señala que la decisión se adopta en el marco de las facultades legales del despacho del alcalde y en concordancia con las disposiciones que regulan la jornada laboral de los servidores públicos. El objetivo es facilitar espacios de integración familiar y participación en las actividades propias de la Semana Mayor, sin afectar la prestación del servicio público.
Horario de compensación
El decreto establece un horario laboral de compensación previo, mediante el cual los servidores deberán cumplir jornadas adicionales para reponer el tiempo correspondiente al descanso compensado.
La compensación se realizará desde este martes 24 de febrero hasta el 27 de marzo, de lunes a viernes, en el siguiente horario:
- 7:00 a.m. a 12:00 m.
- 1:00 p.m. a 6:00 p.m.
Atención al público
Durante ese mismo periodo, la atención al público en la Administración Central del Distrito se prestará en jornada continua, de lunes a viernes, en el horario de:
- 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Días de descanso compensado
Los servidores públicos distritales tendrán descanso compensado y no habrá atención al público los siguientes días:
- Lunes 30 de marzo de 2026
- Martes 31 de marzo de 2026
- Miércoles 1 de abril de 2026
Dependencias excluidas
Quedan excluidos de esta medida los servidores que prestan servicios en áreas esenciales como:
- Salud
- Seguridad y prevención
- Inspecciones de policía
- Comisarías de familia
- Oficinas de corregidores
- Centros de rehabilitación masculino y femenino
- Cuerpo Oficial de Bomberos


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